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El convenio europeo sobre protección de animales prohíbe cortar la cola, orejas o extirpar uñas y dientes a las mascotas

Ginger Cat

España se ha unido a la normativa europea aprobada en Europa en el año 1987

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El 1 de febrero ha entrado en vigor en España el Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, hecho en Estrasburgo el 13 de noviembre de 1987, a través del cual se prohiben las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos y, en particular el corte de la cola, el corte de las orejas, la sección de las cuerdas vocales y la extirpación de uñas y dientes.

En el mismo sentido, se señala que solo se permitirán excepciones a estas prohibiciones si un veterinario considera necesarias las intervenciones no curativas, bien por razones de medicina veterinaria, o bien en beneficio de un animal determinado para impedir la reproducción.

Además también se apunta que las intervenciones en las cuales el animal vaya a sufrir o pueda sufrir dolores intensos sólo podrán efectuarse con anestesia y por un veterinario o bajo su supervisión.

Las intervenciones que no requieran anestesia podrán ser efectuadas por una persona competente con arreglo a la legislación nacional.

Con la entrada en vigor de esta normativa, España se compromete a fomentar los programas de información para promover la tenencia, cría, adiestramiento, comercio y custodia de animales de compañía, la conciencia y el conocimiento de este convenio

En concreto, España deberá prestar atención a que el adiestramiento se haga por personas dotadas de conocimientos idóneos y tendrá que establecer medidas para desalentar el regalo de animales de compañía a menores de 16 años sin consentimiento expreso de sus padres señalando que “no deberá venderse ningún animal de compañía a personas menores de 16 años sin el consentimiento expreso de sus padres o de las personas que ejerzan la patria potestad”, así como evitar el regalo de animales de compañía a modo de premio, recompensa o gratificación.

El convenio regula también distintos aspectos como su mantenimiento, custodia, bienestar, comercio y cría con fines comerciales o su uso en publicidad, espectáculos, muestras o concursos, entre otras cuestiones.

La nueva normativa se puede consultar en este enlace https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/11/pdfs/BOE-A-2017-11637.pdf